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portada La Titularidad del Derecho de Huelga
Formato
Libro Físico
Año
1999
Idioma
Español
N° páginas
416
Encuadernación
Tapa Blanda
ISBN
8481518484
ISBN13
9788481518481
Categorías

La Titularidad del Derecho de Huelga

Ramón González de la Aleja (Autor) · Editorial Comares · Tapa Blanda

La Titularidad del Derecho de Huelga - Ramón González De La Aleja

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Reseña del libro "La Titularidad del Derecho de Huelga"

Estudio de la transformación en Derecho del fenómeno huelguistico. Análisis de susconceptos (jurídicos) configuradores. Concepciones sobre la titularidad del derecho: Teorías"orgánicas", "no orgánicas" y de la novísima teoría de la "titularidad diferenciada". Latitularidad del derecho de huelga de los funcionarios públicos: Análisis de cuestiones críticasa la luz de las normas y de la Doctrina Jurisprudencial; excepciones de funcionarios titularesdel derecho.Prólogo.Capítulo ITeorías sobre la titularidad del derechode huelga. Modelos de regulaciónI.Una premisa básica: la conceptualización y contextualización del derecho de huelga.I.1.Breve análisis de la huelga como fenómeno socio-laboral desde laperspectiva de la evolución histórica en su tratamiento jurídico.I.1.1.Introducción.I.1.2.Breves notas sobre la evolución del fenómeno y su progresiva conformaciónjurídica. Su distintiva manifestación en España.I.2.El modelo jurídico de observación de la huelga en nuestro orde-namiento.I.2.1.Análisis de conceptos (jurídicos) configuradores del fenómenosocio-laboral en nuestro Derecho.I.2.1.1.La huelga como derecho..I.3.La inexistente conceptualización normativa de (el derecho a) la huelga.I.3.1.La necesaria transformación del fenómeno laboral en letra jurídica. Laconceptualización doctrinal.I.3.2.El «elemento definidor» del derecho de huelga.I.4.Unas sucintas consideraciones sobre el «tipo» del derecho de huelgaconfigurado en nuestro Ordenamiento Jurídico.I.5.La configuración del derecho de huelga en nuestro orden constitucional: Laconceptualización del Tribunal Constitucional; la «esencialidad» del derechodesarrollado.II.Teorías sobre la titularidad del derecho de huelga. Modelos de regulación.II.1.Titularidad del derecho subjetivo de huelga: Concepciones «orgánica» y «noorgánica o individual» del derecho. Virtualidades y consecuencias.II.1.1.Introducción.II.1.2.La «concepción orgánica» del derecho de huelga.II.1.3.La «concepción no orgánica» del derecho de huelga.II.2.La opción elegida por nuestro Ordenamiento Jurídico.II.2.1.La adopción de las tesis «individualistas o no organicistas» de maneramatizada.II.2.1.1.La doctrina del Tribunal Constitucional en la materia.II.3.1.2.Consecuencias.II.2.2.La titularidad individual del derecho de huelga.II.2.2.1.Planteamiento radical del derecho y algunas pre-cisiones contextuales.II.2.2.2.Una aceptación doctrinal matizada de la teoría de la titularidadcolectiva del derecho de huelga en España. Algunas imprescindibles precisionesterminológicas utilizadas en el debate jurídico.II.2.2.3.El contenido esencial del derecho de huelga como clave para lasolución del problema. La «titularidad diferenciada» del derecho de huelga: Unanovedosa propuesta. Algunas matizaciones críticas.II.2.2.4.La diferenciación en la responsabilidad de los sujetos: Laresponsabilidad individual y la colectiva.II.2.3.El derecho de huelga como acción colectiva y concertada de lostrabajadores. Los elementos integradores del ejercicio del derecho.II.2.3.1.Acción «colectiva.».II.2.3.2.«.y concertada».Capítulo IILa titularidad del derecho de huelgade los funcionarios públicos: cuestiones críticasI.El derecho de huelga de los funcionarios públicos.I.1.El reconocimiento del derecho de huelga de los funcionarios públicos.I.2.La configuración del derecho de huelga de los funcionarios públicos en laConstitución española de 1978.I.2.1.Algunas notas sobre un debate doctrinal.I.2.1.1.La inexistencia de una solución única en los sistemas jurídicos denuestro entorno.I.2.2.El reconocimiento del derecho de huelga a los funcionarios públicos enel artículo 28.2 de la CE.I.2.3.La «tercera vía» de interpretación.I.3.Los funcionarios públicos como «trabajadores» titulares del derecho dehuelga. Planteamiento del problema.I.3.1.Análisis de la amplitud del ámbito subjetivo del término «trabajadores».I.3.1.1.Planteamiento general.I.3.1.2.Planteamiento de argumentos.I.3.2.Nuestra solución al problema planteado: Los funcionarios públicos como«trabajadores» incluidos en el artículo 28.2 de la CE.I.4.El reconocimiento legal del derecho de huelga en la Función Pública.I.4.1.La interpretación permisiva del TC de la Disposición Adicional 4.ª delRDLRT, reformadora del (derogado) artículo 222 del Código Penal de 1973.I.4.2.La conquista «de facto» del derecho.I.4.3.La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la FunciónPública.I.4.4.El tratamiento que realiza la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, deLibertad Sindical.I.4.5.Los Decretos de Servicios Mínimos.I.4.5.1.El establecimiento de los servicios mínimos.I.4.5.2.La intervención de la «Autoridad Gubernativa».I.4.5.3.La incidencia de dicho mecanismo en la Función Pública.I.5.El derecho de huelga como derecho autónomo. La no sindicalización delderecho.I.6.Breve referencia al contenido del derecho de huelga en la Función Pública:Un «derecho in solidum».II.Excepciones legales de funcionarios titulares del derecho de huelga.II.1.Planteamiento general.II.2.Las Fuerzas Armadas.II.2.1.Las «peculiaridades» de un caso excepcional.II.2.2.La imposibilidad legal del ejercicio del derecho de huelga por losmiembros de las Fuerzas Armadas.II.2.2.1.Los miembros de carrera de las Fuerzas Armadas.II.2.2.2.La excepción: Los trabajadores civiles de la Admi-nistración Militar.II.2.2.3.El personal que presta servicios en el Centro Superior de Informaciónde la Defensa (CESID).II.2.2.4.Los miembros de la Guardia Civil.II.3.Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.II.3.1.Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado dependientes del Gobiernode la Nación.II.3.2.Los Cuerpos de Policía dependientes de las Comunidades Autónomas.II.3.3.Los Cuerpos de Policía dependientes de las Corporaciones Locales.II.4.Un caso especial: Los Jueces, Magistrados y Fiscales en activo.II.4.1.Planteamiento de las tesis enfrentadas. La «extraña» fórmulaconstitucional.II.4.2.La (nuestra) solución jurídica al problema planteado: El efectivodisfrute del derecho de huelga por los Jueces, Magistrados y Fiscales enactivo.Bibliografía.

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